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Inscripciones/Mercantil

Escisiones

·   Presentar al menos tres testimonios de la escritura pública de escisión (con la razón de inscripción y las marginaciones notariales de la escritura de constitución).

·   Cada testimonio debe ir junto con el original de la resolución aprobatoria emitida por la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros o por la Superintendencia de Bancos y Seguros.

·    Todos los testimonios deben tener el mismo número de fojas y deben estar rubricadas por el notario ante el que se otorgó la escritura.

·    Si producto de la escisión hubiere aportes de inmuebles al capital de las compañías que se crean, la escritura de escisión deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad correspondiente, previo a la inscripción en el   Registro Mercantil.

·      Copia del RUC.

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Registro de la Propiedad y Mercantil de Rumiñahui
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