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Propiedad

Testamento

 

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    Tutorial
  • De acuerdo al Artículo 23 de la Ley Notarial, se verificará la sumilla la anverso y reverso de los actos o contratos susceptibles a revisión.

  • Primera o segunda copia de la escritura certificada (si se presenta la tercera copia en adelante, se requerirá de la presentación de un certificado de búsqueda)

  • - Certificado de gravámenes actualizado (Vigencia de dos (2) meses plazo, de conformidad con el artículo 2 de la ordenanza 006-2026)

  • Partida de defunción del testador

  • Copias de cédula de todos los herederos

  • Impuesto a la herencia de todos los herederos y de todos los inmuebles detallados en el testamento

  • Nota:

    Adjuntar certificado de estatutos personales de todos los comparecientes, conforme a la resolución, Nro. DINARP-DNO-2026-02-01-01-08, Norma secundaria para la vigilancia, auditoría, control y supervisión del cumplimiento por parte de los registradores de la propiedad y registradores mercantiles, promulgado desde el 24 julio del 2026, que en su artículo 86 literal d) dispone, entre otros, verificar la capacidad de todos los intervinientes (directos e indirectos), por lo que los estatutos son el medio verificable que se deben adjuntar. En caso de no adjuntar los certificados de estatutos, se deberá firmar bajo responsabilidad de los intervinientes el documento de: Declaración de Responsabilidad de los intervinientes y Solicitud de Continuación del Trámite.