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Mercantil
Inscripción de autorización para corredores y martilladores (art 50 y 521 de código de comercio)
Pasos del Proceso
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1
Regístrese en nuestra plataforma en línea SIMER
(Tutorial) -
2
Ingrese con su usuario y contraseña
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3
En la pestaña de INSCRIPCIONES elija NUEVA INSCRIPCIÓN
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4
Llene la información solicitada en la plataforma (puede seguir el video tutorial en el siguiente enlace:
Tutorial
Documentos para la Solicitud
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Oficio del juez o de la autoridad administrativa que hubiere emitido la autorización, dirigida al Registro Mercantil, solicitando la inscripción
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Original del auto de quiebra.
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Nota:
Es requisito indispensable la presentación del Certificado de estatuto personal de todos los intervinientes, en forma directa o indirecta, sean personas naturales o jurídicas, así como certificado correspondiente al estado de la compañía, de conformidad con la Resolución Nro. DINARP-DNO-2026-02-01-01-08, denominada Norma secundaria para la vigilancia, auditoría, control y supervisión del cumplimiento por parte de los registradores de la propiedad y registradores mercantiles, promulgada el 24 de julio de 2026, cuyo artículo 86, literal d), establece, entre otros aspectos, la obligación de verificar la capacidad de todos los intervinientes, tanto directos como indirectos.
