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Mercantil

Cesión de derechos

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    Regístrese en nuestra plataforma en línea SIMER

    (Tutorial)
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    Ingrese con su usuario y contraseña

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    En la pestaña de INSCRIPCIONES elija NUEVA INSCRIPCIÓN

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    Llene la información solicitada en la plataforma (puede seguir el video tutorial en el siguiente enlace:

    Tutorial
  • Un ejemplar de cesión de derechos, con notificación al deudor o aceptación de este. Art. 273 del Código de Comercio.

  • Tratándose de cesiones de contratos de compraventas con reserva de dominio o de prendas agrícolas e industriales, la cesión deberá indicarse todos los datos relativos al contrato que se cede. (fecha de celebración, la identificación del bien y su inscripción en el Registro Mercantil)

  • Tratándose de prendas agrícolas o industriales, las cesiones deberán efectuarse mediante escritura pública, o mediante instrumento privado con reconocimiento judicial o notarial de firmas.

  • Las cesiones deberán tener, al menos, la misma fecha que la del contrato que se cede.

  • Copia del RUC (persona Natural o Jurídica).

Nota:
Tanto el nombramiento como el acta de junta podrán ser todas con firmas electrónicas o todas con firmas manuales.