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Propiedad

Rescisión y/o resciliación de contratos

 

  1. 1

    Regístrese en nuestra plataforma en línea

    (Tutorial)
  2. 2

    Ingrese con su usuario y contraseña

  3. 3

    En la pestaña de INSCRIPCIONES elija INSCRIPCIONES

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    Selecciones el botón nuevo

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    Llene la información solicitada en la plataforma (puede seguir el video tutorial en el siguiente enlace:

    Tutorial
  • De acuerdo al Artículo 23 de la Ley Notarial, se verificará la sumilla la anverso y reverso de los actos o contratos susceptibles a revisión.

  • Copia de la escritura anterior

  • Primera o segunda copia de escritura certificada a ser inscrita (si se presenta la tercera copia en adelante, se requerirá de la presentación de un certificado de búsqueda)

  • Copia del Ruc inserta como habilitante en caso de personas jurídicas

  • Certificado de gravámenes actualizado (VIGENCIA 60 DÍAS)

  • Dar de baja el catastro por escrito

  • Razón del notario de haber tomado nota al margen del protocolo del título que se rescinde y/o rescilia

  • Pago de impuesto predial del año en curso

 

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