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Propiedad

Regularización de excedentes o diferencia de áreas

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    Regístrese en nuestra plataforma en línea

    (Tutorial)
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    Ingrese con su usuario y contraseña

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    En la pestaña de INSCRIPCIONES elija INSCRIPCIONES

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    Selecciones el botón nuevo

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    Llene la información solicitada en la plataforma (puede seguir el video tutorial en el siguiente enlace:

    Tutorial
  • De acuerdo al Artículo 23 de la Ley Notarial, se verificará la sumilla la anverso y reverso de los actos o contratos susceptibles a revisión.

  • En este caso, la revisión y ajuste de los requisitos deberá efectuarse en observancia de lo dispuesto en la Ordenanza Nro. 16-2025, que regula el procedimiento aplicable para este tipo de actos, considerando su naturaleza y alcance jurídico–técnico

Terreno que no supera el ETAM (Art. 20 Ordenanza Nro. 16-2025)

  • Cédula catastral

  • Carta de pago del impuesto predial del año en curso
  • Certificado de gravámenes vigente (60 días)

Terreno que supera el ETAM (Art. 21 al Art. 27 Ordenanza Nro. 16-2025)

  • La Resolución Administrativa de Regularización de terrenos, junto con el plano en formato A4 aprobado por la Dirección de Avalúos y Catastros, debidamente protocolizados en una Notaría Pública

  • Certificado de gravámenes vigente (60 días)
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