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Mercantil

Cambio de denominación de la compañia

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    (Tutorial)
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    En la pestaña de INSCRIPCIONES elija NUEVA INSCRIPCIÓN

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    Llene la información solicitada en la plataforma (puede seguir el video tutorial en el siguiente enlace:

    Tutorial
  • Un testimonio de la escritura pública o un documento privado el cual no se sujeta a ninguna diligencia notarial

  • Una razón de marginación notarial de la escritura de constitución

  • Constando como habilitante el acta de Directorio o de la Junta General sea Ordinaria, Extraordinaria o Universal de accionistas o socios, que resolvió el aumento del capital

  • Cuando sea por documento privado no tendrá aplicación para las compañías que realizaren actividades relacionadas con operaciones financieras, de mercado de valores o de seguros, y otras que tengan un tratamiento especial, de acuerdo con leyes especiales o sectoriales, ni en el caso de las compañías de economía mixta o aquellas en las que una entidad estatal sea accionista

  • En documento privado no se necesita la razón de marginación notarial de la escritura de constitución

  • En caso de documento privado, adjuntar el documento por el que se realizó la convocatoria de acuerdo a los estatutos

  • Se requiere como habilitante a la escritura o en documento privado el nombramiento actualizado del Representante Legal

  • Tratándose de Instituciones del Sistema Financiero, la protocolización deberá contener el acta del directorio, y la certificación del representante legal de que el aumento se ha pagado en la forma resuelta por el directorio

  • Formulario de absolución de Denominación de la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros, dónde se apruebe el nombre y que se encuentre vigente

  • Dentro de la escritura de aumento de capital deberá haber una cláusula de declaración juramentada de la correcta integración del capital

  • En el caso de que la compañía sea una compañía de Transportes en general, sujetas a la Ley Orgánica y Transporte Terrestre Transito y Seguridad, deberá ser aprobado previamente por la Agencia Nacional de Tránsito o la entidad competente, a excepción de las compañías de Transporte de Turismo

  • Copia del RUC

Nota:
Si el documento privado tiene firmas electrónicas deberán ser firmados de esta forma en todos los documentos y desmaterializados ante un notario público.

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