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Inscripciones/Mercantil

Transformaciones

  1. Presentar al menos tres testimonios originales de la escritura pública de transformación (con la  correspondiente razón de inscripción y las respectivas marginaciones notariales de la escritura de Constitución).
  2. Todos los  testimonios  deben tener el  mismo  número  de fojas y  todas deben estar rubricadas por el notario ante el que se otorgó la escritura.
  3. La escritura pública deberá contener el acuerdo de transformación, la lista de los  accionistas  o socios  que hayan hecho uso del  derecho de separarse de la compañía por no conformarse con la transformación, y el balance final cerrado el día anterior al del otorgamiento de la escritura, elaborado como si se tratare de un balance para la liquidación de la compañía.
  4. Tratándose  de  compañías  en  nombre   colectivo,   en  comandita   simple   o limitadas que se transformen a otro tipo de compañías, se deberá contar con el acuerdo unánime de los socios, lo cual deberá constar en la escritura pública de transformación.
  5. Cada testimonio deberá  ir  acompañado   del   original  de   su   Resolución aprobatoria  emitida  ya  sea por  la  Superintendencia  de Compañías Valores y Seguros o por  la Superintendencia de Bancos y Seguros.
  6. Tratándose de transformaciones  a compañías de responsabilidad  limitada,  en nombre colectivo y en comandita simple, se deberá presentar el certificado de haberse  publicado   por   la   prensa o en la página web el   extracto  de  la   escritura.
  7. Copia del RUC.

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