Inscripciones/Propiedad
Regularización de excedentes o diferencia de áreas
- Pasos:
- Regístrese en nuestra plataforma en línea (Tutorial)
- Ingrese con su usuario y contraseña.
- En la pestaña de INSCRIPCIONES elija INSCRIPCIONES.
- Selecciones el botón nuevo.
- Llene la información solicitada en la plataforma (puede seguir el video tutorial en el siguiente enlace: (Tutorial)
DOCUMENTOS QUE DEBE SUBIR EN LA SOLICITUD DEL TRÁMITE:
De acuerdo al Artículo 23 de la Ley Notarial, se verificará la sumilla la anverso y reverso de los actos o contratos susceptibles a revisión.
- En este caso, la revisión y ajuste de los requisitos deberá efectuarse en observancia de lo dispuesto en la Ordenanza Nro. 16-2025, que regula el procedimiento aplicable para este tipo de actos, considerando su naturaleza y alcance jurídico–técnico.
Terreno que no supera el ETAM (Art. 20 Ordenanza Nro. 16-2025)
- Cédula catastral
- Certificado de gravámenes vigente (60 días)
Terreno que supera el ETAM (Art. 21 al Art. 27 Ordenanza Nro. 16-2025)
- La Resolución Administrativa de Regularización de terrenos, junto con el plano en formato A4 aprobado por la Dirección de Avalúos y Catastros, debidamente protocolizados en una Notaría Pública.
- Certificado de gravámenes vigente (60 días)
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