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Inscripciones/Mercantil

Prórroga de plazo de compañías

  1. Presentar al menos tres testimonios de la escritura pública de prórroga de plazo   (con  la correspondiente razón de inscripción y las respectivas marginaciones notariales de la escritura de Constitución).
  2. Cada   testimonio   deberá  ir  acompañado   del   original  de   la   Resolución aprobatoria emitida por la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros o por la Superintendencia de Bancos y Seguros.
  3. Todos los  testimonios  deben tener el  mismo  número  de fojas y  todas deben estar rubricadas por el notario ante el que se otorgó la escritura.
  4. Tratándose de compañías de responsabilidad  limitada,  en nombre colectivo  y en  comandita   simple,   se  deberá  adjuntar   la   certificación   original  de  la publicación del extracto de la escritura de prórroga de plazo.
  5. RUC original o debidamente certificado.

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