- Un ejemplar del acta notarial o de la sentencia que confiera la posesión efectiva. Sólo se inscribirán las posesiones efectivas en el Registro Mercantil, cuando existan bienes sujetos a este registro (participaciones en compañías limitadas, bienes con reserva de dominio, prenda industrial o agrícola, arrendamiento mercantil).
- El acta notarial deberá contener la declaración juramentada de quienes se creyeren con derecho a la sucesión, junto con la partida de defunción o información sumaria de testigos que acredite la defunción, y las de nacimiento u otros documentos para quienes acrediten ser herederos, así como la de matrimonio o sentencia de reconocimiento de la unión de hecho del cónyuge sobreviviente si hubiere.
- Formulario de no adeudar sellado por el Municipio
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