- Presentar el original de la Resolución de la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros.
- Un ejemplar del nombramiento con firmas originales y con fecha de aceptación y puesto el número de cédula y el código dactilar.
- El nombre de la compañía debe ir acompañado de la frase “EN LIQUIDACIÓN”.
- Copia del RUC (persona Natural o Jurídica).
- Nota: La inscripción en el Registro Mercantil debe realizarse dentro de los 10 días hábiles posteriores a su aceptación, de lo contrario el nombramiento caduca y no será posible su inscripción. (Art. 36 del “REGLAMENTO DE DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN, REACTIVACIÓN DE COMPAÑIAS”, Publicado en el R.O. 143 del 13-dic-2013).
Notas:
- El nombramiento podrá ser todo con firmas electrónicas o todo con firmas manuales. En caso de firmas electrónicas deberá ser desmaterializado ante un notario público.
- Si la Resolución de la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros, tiene firma electrónica deberá ser certificada o desmaterializado ante un notario público.
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