Inscripciones/Propiedad
Extinción de usufructo, uso y habitación
Pasos:
- Regístrese en nuestra plataforma en línea (Tutorial)
- Ingrese con su usuario y contraseña.
- En la pestaña de INSCRIPCIONES elija INSCRIPCIONES.
- Selecciones el botón nuevo.
- Llene la información solicitada en la plataforma (puede seguir el video tutorial en el siguiente enlace: (Tutorial)
DOCUMENTOS QUE DEBE SUBIR EN LA SOLICITUD DEL TRÁMITE:
De acuerdo al Artículo 23 de la Ley Notarial, se verificará la sumilla la anverso y reverso de los actos o contratos susceptibles a revisión.
- Primera o segunda copia de la escritura o sentencia judicial a ser inscrita (si se presenta la tercera copia en adelante, se requerirá de la presentación de un certificado de búsqueda).
- Certificado de gravámenes actualizado (VIGENCIA 60 DÍAS)
- Documento que justifique la causal de extinción, como, por ejemplo, partida de defunción.
- Carta de pago del impuesto predial del año en curso.
- a) EN CASO DE RENUNCIA
- Declaración del impuesto a la donación (Art. 36 LORTI y Art. 54 Reglamento LORTI)
- Carta de pago del impuesto predial del año en curso.
- Oficio de transferencia de dominio.
- Pagos de alcabalas y plusvalía de existir
- b) EN CASO DE BIENES DECLARADOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL
- Certificado de Expensas que indique estar al día en los pagos correspondientes al mes que solicita la inscripción. (Validez del certificado 60 días, art. 13 de la Ley de Propiedad Horizontal) (Obtener en el edificio y/o conjunto habitacional donde se encuentra el inmueble).
- Nombramiento del administrador del edificio y/o conjunto habitacional o Declaración Juramentada de que no se ha nombrado Administrador y exime de responsabilidad al Registrador de la Propiedad.
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