- Oficio original del juez o de la autoridad administrativa que hubiere autorizado la Disolución de la Sociedad Conyugal, dirigida al Registro Mercantil, solicitando su inscripción.
- Presentar una protocolización de los documentos relativos a la disolución de sociedad conyugal o de la sentencia que la declare.
- La protocolización deberá contener el acta de reconocimiento de firmas de los cónyuges solicitantes, la partida de matrimonio o de reconocimiento de la unión de hecho, acta de audiencia de conciliación, y la razón de su inscripción de la protocolización en el Registro Civil correspondiente.
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