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Inscripciones/Mercantil

Cesión de participaciones

  1. Presentar al menos tres testimonios de la escritura pública  de cesión  de participaciones (con la  correspondiente razón de inscripción y las respectivas marginaciones notariales de la escritura de constitución).
  2. Todos   los  testimonios  deben   tener  el  mismo   número  de  fojas   y  todas deben  estar  rubricadas por  el  notario  ante  el  que  se  otorgó  la  escritura.
  3. Los  testimonios  deberán  contener  el  certificado  del  representante legal de la compañía que acredite que la cesión  que se realiza  contó con   el  consentimiento  unánime  del  capital   social,   y  también,  se deberá   adjuntar  el   acta   de   la  correspondiente  junta   general  sea Ordinaria, Extraordinaria o Universal, de la que se desprenda que la cesión  contó con el referido requisito,   dicha    acta   deberá    constar   las   firmas    de   todos los que suscriben el acta.
  4. Si  el  cedente  fuere   casado,  o  hubiese  adquirido  las   participaciones mientras estaba  casado, deberá  contar  con la autorización de su cónyuge o ex cónyuge para efectuar la cesión.
  5. Tratándose de participaciones adquiridas por herencia, legado  o donación, se deberá  presentar copia de la declaración y pago del impuesto correspondiente
  6. Copia del RUC

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