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Inscripciones/Mercantil

Cancelación del permiso para operar de compañias extranjeras

  • Presentar al  menos tres ejemplares  de la  protocolización  de los  documentos relativos a la cancelación del permiso para operar.
  • Los documentos que consten en la protocolización deberán estar debidamente traducidos, de ser el caso, y autenticados por el funcionario correspondiente del lugar en el que hubieren sido expedidos, y dicha autenticación deberá estar legalizada  por  el  correspondiente  agente diplomático  o cónsul  ecuatoriano  o apostillada.
  • Cada protocolización  deberá ir acompañada del original de la Resolución  que cancela   el   permiso   para   operar,   expedida   por   la   Superintendencia   de Compañías Valores y Seguros.
  • Cada protocolización  deberá contar con la  razón de haberse tomado  nota al margen de la protocolización  que contiene los documentos que sirvieron  para obtener el permiso de operación.
  • Copia del RUC.

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