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Inscripciones/Mercantil

Disolución voluntaria de compañías

·      Presentar al menos tres testimonios de la escritura pública de disolución voluntaria (con la         razón  de inscripción y las marginaciones notariales de la escritura de constitución).

·     Cada testimonio debe ir junto con el original de la resolución aprobatoria emitida por la                Superintendencia de Compañías Valores y Seguros o por la Superintendencia de Bancos y Seguros.

·    Todos los testimonios deben tener el mismo número de fojas y deben estar rubricadas por el notario ante el que se otorgó la escritura (Art. 41 de la Ley Notarial).

·      Certificación original de la publicación por la prensa o página web del extracto de la escritura de
disolución.

·      Copia del RUC.

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