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Inscripciones/Mercantil

Disolución voluntaria de compañías

  1. Presentar al  menos cuatro  testimonios  de la  escritura  pública  de disolución voluntaria (con la  correspondiente razón de inscripción y las respectivas marginaciones notariales de la escritura de constitución).
  2. Cada   testimonio   deberá  ir  acompañado   del   original  de   la   Resolución aprobatoria emitida por la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros o por la Superintendencia de Bancos y Seguros.
  3. Todos los  testimonios  deben tener el  mismo  número  de fojas y  todas deben estar rubricadas por el notario ante el que se otorgó la escritura (Art. 41 de la Ley Notarial).
  4. Certificación original de la publicación por la prensa o página Web del extracto de la escritura de disolución.
  5. Copia del RUC

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