· Presentar al menos tres testimonios de la escritura pública de disolución voluntaria (con la razón de inscripción y las marginaciones notariales de la escritura de constitución).
· Cada testimonio debe ir junto con el original de la resolución aprobatoria emitida por la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros o por la Superintendencia de Bancos y Seguros.
· Todos los testimonios deben tener el mismo número de fojas y deben estar rubricadas por el notario ante el que se otorgó la escritura (Art. 41 de la Ley Notarial).
· Certificación original de la publicación por la prensa o página web del extracto de la escritura de
disolución.
· Copia del RUC.
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