- Presentar al menos cuatro testimonios de la escritura pública de disolución voluntaria (con la correspondiente razón de inscripción y las respectivas marginaciones notariales de la escritura de constitución).
- Cada testimonio deberá ir acompañado del original de la Resolución aprobatoria emitida por la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros o por la Superintendencia de Bancos y Seguros.
- Todos los testimonios deben tener el mismo número de fojas y todas deben estar rubricadas por el notario ante el que se otorgó la escritura (Art. 41 de la Ley Notarial).
- Certificación original de la publicación por la prensa o página Web del extracto de la escritura de disolución.
- Copia del RUC
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