- Una Carta original de cancelación y una copia, dirigida al Registrador Mercantil del Cantón, emitida por el acreedor o de haberlo, por el cesionario del crédito.
- La carta de cancelación debe indicar los nombres completos de las partes que intervinieron en el contrato que se cancela, la indicación pormenorizada del bien que fue objeto del contrato (tipo, marca, motor, chasis, modelo, color, año, placa, etc.), de haber cesiones o adendas al contrato original se deberán mencionar estas, y los datos de la inscripción del contrato en el Registro Mercantil.
- Si el contrato que se cancela hubiese sido otorgado mediante escritura pública, la cancelación también deberá otorgarse por escritura pública, y deberá contar con la razón de marginación en la escritura matriz.
- En caso de cancelaciones dispuestas por orden judicial o administrativa, se deberá presentar dos originales (o un original y una copia certificada) del oficio del juez o autoridad respectiva, dirigido al Registro Mercantil, ordenando la cancelación del contrato correspondiente, y una copia certificada de la providencia correspondiente, con la respectiva razón de su ejecutoria.
- Se debe adjuntar copia del documento que acredite la calidad por la cual comparece quien suscribe la carta de cancelación. En caso de poder debe estar vigente.
- RUC original o debidamente certificado en caso de inscribir este contrato por primera vez.
Síguenos en