Transparencia
Preguntas Frecuentes
Encuentre respuestas a las consultas más comunes sobre nuestros servicios registrales.
De conformidad con el Código Civil, Art. 1427.- "Nadie puede aceptar sino por sí mismo, o por medio de una persona que tuviere poder especial suyo al intento, o poder general para la administración de sus bienes, o por medio de su representante legal."; es necesario que presente un poder especial.
Un motivo recurrente de suspensión de trámite, es la mala transcripción del "cuadro de áreas". Es importante que los Usuarios constaten que se realice una buena transcripción de este ítem, a fin de que no tenga problemas al momento de realizar el trámite correspondiente.
El certificado de gravamen tiene una validez de 60 días.
Los certificados de gravamen tienen un costo de $8.00, conforme a la Ordenanza Municipal 020-2017, que indica en su artículo 3, literal i – 6 "Por certificaciones de propiedad, hipotecas, gravámenes y limitaciones de dominio, la cantidad de ocho dólares ($8,00), por cada acto, contrato, o propietario y su cónyuge; por alícuota total de cada unidad inmobiliaria, de conformidad a lo establecido en el respectivo cuadro de alícuotas."
Los datos más importantes son: Nombre de los propietarios, Nombre de la persona que vendió la propiedad, Fecha en la que inscribió el bien (Razón de Inscripción), Fecha de Otorgamiento, Parroquia donde se encuentra la propiedad, Número o nombre de lote, casa, departamento, bodega u otro.
Para la Inscripción del acto o contrato, es importante que conste el término "casados".
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